Octavio Acosta Martínez
Universidad de Carabobo
Valencia, Venezuela
2016
RESUMEN
Este trabajo aborda el problema de la
autonomía universitaria en dos pasos. En el primero plantea la interrogante
acerca de su pertinencia y se concluye que ello no tiene una respuesta única,
pues como todas las cosas, depende de un contexto y de un momento histórico. En
el presente caso depende de un país, de un grado de desarrollo social, político
y económico, de un sistema político, y de otras variables con menor grado de
significación. En el caso de Venezuela intentamos justificar que la autonomía es una necesidad
y por lo tanto son legítimas las luchas que se han librado y se continúan
librando para defenderla y preservarla. En un segundo
paso se presenta un recuento sobre la evolución que ha experimentado la
autonomía universitaria en Venezuela en el período que hemos denominado
“democrático”. Evolución que se expresa tanto en aspectos cuantitativos, como cualitativos.
En lo cuantitativo, a partir de un acoso legal a que ha sido sometida por parte
de todos los gobiernos del mencionado período. Este acoso se expresa en el
diseño y aprobación de una red de leyes que progresivamente la han conducido a
una mínima expresión (para algunas opiniones ella ya no existe). En lo
cualitativo, ello se expresa en una redefinición camuflada del concepto mismo
de autonomía (con rango constitucional), donde la ley toma posición en el
debate modernidad-posmodernidad, además que la pone al servicio del cambio de
modelo político que se trata de imponer al país.
PALABRAS CLAVE: autonomía
universitaria, subdesarrollo, democrático, presupuesto, pertinencia.
ABSTRAC
This paper
addresses the problem of university autonomy in two steps. The first raises the
question about its relevance and concludes that it has no single answer,
because like all things, depends on a context and a historical moment. In this
case it depends on a country, a degree of social, political and economic
development, political system, and other variables with a lower degree of
significance. In the case of Venezuela we try to justify that autonomy is a
necessity and therefore are legitimate struggles that have fought and continue
fighting to defend and preserve it. In a second step an account of the
evolution experienced university autonomy in Venezuela in the period we have
called "democratic" is presented. Evolution is expressed in both
quantitative aspects, and qualitative aspects. Quantitatively, from a legal
harassment that has been made by all governments of that period. This
harassment is expressed in the design and approval of a network of laws that
progressively led to a bare minimum (to some opinions it no longer exists).
Qualitatively, this is expressed in a redefinition Camouflaged concept of
autonomy (with constitutional status), where the law takes position in the
modernity-postmodernity debate in addition that brings it to change political model
that is imposed to the country.
KEYWORDS: university autonomy, underdevelopment, democratic, budget,
relevance.
EJE TEMÁTICO. Gestión, gerencia educativa y currículo
·
Leyes y políticas educativas
--------------------------------------------
De lo que voy a hablarles es del
acoso a la autonomía universitaria en Venezuela, porque ya que este Congreso se
está realizando en nuestro país es interesante que ustedes se lleven una
información por lo menos de un capítulo del drama que estamos aquí viviendo.
Con respeto a nuestro tema uno podría hacerse dos
preguntas:
1. ¿Qué
es la autonomía universitaria?
2. ¿Es
pertinente la autonomía universitaria?
Definir la autonomía universitaria
es algo que nos podría llevar todo el Congreso, a pesar de que ello ha sido objeto
de apasionados y extensos debates y sobre lo que existe una abundante
literatura. Nosotros mismos, en la Universidad de Carabobo, hemos pensado en
realizar unas jornadas, involucrando a todos los sectores de la misma, para
definir cuál es la autonomía que queremos. Quizás valdría mejor decir “la
autonomía que necesitamos”. No va a ser fácil, el mismo concepto de autonomía
está siendo cuestionado por algunas corrientes epistemológicas de moda, que
tiene connotados representantes en nuestro propio campus. Por eso partiré de
que cada uno de nosotros tiene un apartado en el rincón de sus conocimientos
donde reposa aunque sea una idea intuitiva de lo que es autonomía
universitaria. Sin embargo, para abordar con cierta precisión el tema de esta
ponencia, apelaré a algunos argumentos legales para abordar este problema de
definición.
En Venezuela tenemos una Ley –me
imagino igual en sus respectivos países- que regula la vida de las
Universidades. En realidad tenemos varias, y eso forma parte del problema que
voy a plantearles. Pero por ahora me referiré a la que específicamente se llama
Ley de Universidades. En esta Ley se
especifica que las Universidades deben realizar una función rectora en la educación,
la cultura y la ciencia. También se dice que la enseñanza universitaria deberá
estar abierta a todas las corrientes del pensamiento universal, las cuales “se
expondrán y analizarán de manera rigurosamente científica”. Allí comienzan a
vislumbrarse algunos aspectos relacionados con el problema. ¿Cómo podrían, por
ejemplo, las Universidades ejercer esta función rectora si existiera otra
entidad por encima de ellas que ejerciera a su vez una función rectora, no
ahora sobre la educación, la cultura y la ciencia, sino sobre la Universidad
misma? ¿O sí sobre la educación, la cultura y la ciencia, pero a través de las
instituciones universitarias? Pudiésemos también pensar en una institución
paralela con esta misma rectoría –una competencia de rectorías, lo cual es un
contrasentido-, pero con más poder. Poder político, poder económico, poder
militar. ¿Y qué tal si esa supra rectoría tuviera serias y no disimuladas
intenciones de imponer un pensamiento único? Indudablemente uno se inclina a
pensar que para ejercer esas funciones que le otorga su ley especial, las
Universidades deberían gozar de una sólida autonomía.
Como estos conceptos, así tan en
forma declarativa, se prestan a múltiples interpretaciones, hay un momento en el
que tenemos que bajarnos del altar de los discursos filosóficos-epistemológicos
y aterrizar en el terreno de las aplicaciones prácticas. Tratándose de leyes,
es necesario determinar en qué consiste su aplicación y garantías de
cumplimiento. Es necesario saber cómo se instrumentalizan tan elevados
conceptos para evaluar y determinar si las instituciones se están manejando o
no dentro del marco legal. El legislador entendió esto y diseñó cuatro aspectos
a través de los cuales se instrumentaliza la autonomía universitaria:
1. Autonomía
organizativa, en virtud de la cual podrán dictar sus normas internas;
2. Autonomía
académica, para planificar, organizar y realizar programas de investigación,
docentes y de extensión que fueren necesarios para el cumplimiento de sus
fines:
3. Autonomía
administrativa, para elegir y nombrar sus autoridades y designar su personal
docente, de investigación y administrativo;
4. Autonomía
económica y financiera para organizar y administrar su patrimonio.
A estos cuatro aspectos le añadimos
el principio de inviolabilidad del recinto universitario (“El recinto universitario
es inviolable” dice otro Artículo de la ley) y ¡listo! Ahí tenemos le receta de
la autonomía universitaria
Ahora surgen algunos interrogantes
sobre la pertinencia de esta autonomía. Visto en la forma sencilla, elemental,
planteada hasta ahora, uno se inclinaría a pensar que esto no merece mayor
discusión. Claro, la autonomía universitaria es pertinente si la entendemos en
el sentido de que la necesitamos. ¿Pero, realmente la necesitamos?
Para responder esta pregunta me
permitiré acudir a dos variables: la variable “grado de desarrollo del país” y la variable “tipo de gobierno en
el país”. A la variable “grado de
desarrollo del país” le otorgaré solamente dos valores:
1. Desarrollados
2. Subdesarrollados
No soy simpatizante de ese
maquillaje político que se les da a los países subdesarrollados con la
denominación de “países en vías de
desarrollo”. Lo que se produce en ciertos países subdesarrollados es un
desarrollo del subdesarrollo. No puedo
negar que hay países que han pasado de una etapa de subdesarrollo a otra de
desarrollo. Ellos seguramente han transitado por etapas intermedias en las
cuales han estado “en vías de desarrollo”. Algunos de estos países son hoy
reales potencias. Me opongo realmente a esa denominación cuando se les da, por
ejemplo, a los países latinoamericanos, los cuales están en una etapa eterna de
“en vías de desarrollo”. Con los dos valores que he tomado arriba me basta para
el problema que estoy planteando.
La otra variable también la
simplificaré y clasificaré los tipos de gobiernos en “democráticos” y “no-democráticos”.
Cada uno de ellos, por supuesto, presentará una variedad de grados, sobre todo
la segunda, los cuales influirán en las relaciones que luego establecerán con
las Universidades.
Si aceptásemos, aunque sea
temporalmente estas dos clasificaciones, entonces sería importante revisar dos
tipos de relaciones:
·
Relaciones del Estado con las
Universidades.
·
Relaciones de la industria con las
Universidades.
En los países que he llamado desarrollados generalmente se puede
apreciar que existe una perfecta sincronía entre los programas académicos de
las Universidades y las necesidades del Estado en sus distintas áreas de
competencia. De hecho, es de sus Universidades de donde han surgido soluciones
a problemas que han determinado la suerte definitiva de los mismos. Soluciones
que han traspasado las fronteras de estos Estados y han revolucionado la vida
de todo el planeta. No me puedo detener en ejemplos, pero estoy seguro que
ustedes los conocen.
Tomemos por nada más, el caso de los
Estados Unidos, muy significativo por ser éste reconocido como la primera
potencia del planeta de acuerdo a
variables de consenso que determinan el grado de desarrollo. En los
Estados Unidos no existe lo que para nosotros es una Universidad autónoma, pero
ellas ocupan los primeros lugares en todos los rankings que se elaboran para
evaluar estas instituciones. Las Universidades más prestigiosas son privadas y
los requisitos para ingresar a ellas son bastante rigurosos. No existe el
populismo de cupos obligatorios impuestos por el gobierno, pero los resultados,
son de un altísimo estándar. El
Instituto Tecnológico de Massachusetts (MIT, por sus siglas en inglés, Massachusetts Institute of Technology) ha sido
catalogado en diversas clasificaciones realizadas como la Universidad más
prestigiosa del mundo. Es una Universidad privada que tiene aproximadamente
unos 10 300 estudiantes y 1000 profesores. Su relación alumnos/ profesor es,
luego, de 10.3; está dentro de los estándares recomendados. Cuenta, dentro de
sus logros, 78 Premios Nobel.
La Universidad de Harvard compite
con MIT por ser la primera institución universitaria del mundo. Tiene 21200
estudiantes y 2475 profesores. Su relación alumnos/profesor es de 8.5. Ha producido
48 Premios Nobel.
Para no fastidiarlos con tantos ejemplos a los que pudiéramos apelar,
tomemos finalmente, de los países desarrollados, a la Universidad de Cambridge,
una Universidad pública inglesa, pero sin autonomía. De ella sale, al igual que
en el caso de los Estados Unidos, una gran cantidad de los más destacados
científicos, escritores y políticos del Reino Unido y del mundo.
Cuenta con una matrícula de 19 580 estudiantes y 5430 profesores, siendo su
relación alumnos/profesor de 3.6. Con una relación así, un profesor puede hacer
maravillas. No es de extrañar que cuente con 90
Premios Nobel en la actualidad.
He obviado por razones de
simplificación una gran cantidad de instituciones universitarias del mundo
desarrollado que compiten en sus niveles de excelencia. Sólo para establecer
una relación que me interesa y tomando solamente un indicador: cantidad de
Premios Nobel surgidos de su seno, observen este cuadro de los cuatro países
con mayor producción de ellos:
Estados Unidos
-----------------------------------------
353
Gran Bretaña
--------------------------------------------
121
Alemania
------------------------------------------------ 105
Francia
--------------------------------------------------- 61
La gran mayoría de éstos provienen de sus Universidades e instituciones dedicadas a la investigación.
Ahora una pregunta: ¿Para qué
necesitarían estas Universidades el atributo de la autonomía? En ellas no
existen Asociaciones de Profesores, mucho menos Federación de Asociaciones de
Profesores, ni Centros de Estudiantes, ni, por supuesto, Federaciones de
Centros Universitarios, ni cogobierno estudiantil. Sin embargo en ellas no es
costumbre realizar huelgas por el aumento de salarios, ni por el pago de deudas
atrasadas en años, entre ellas las propias prestaciones sociales, ni por retroactivos
no cancelados para cuando fueron negociados, ni por las malas condiciones del
trasporte, ni del comedor universitario, ni marchas de protesta por todos estos
motivos y por la falta de cumplimiento de obligaciones contraídas.
Para que tengan ahora una
idea comparativa, tomemos nuestra primera casa de estudios, la Universidad
Central de Venezuela (UCV). Autónoma. Cuenta con una población de unos 62 600
estudiantes y una planta docente de 8600 profesores, siendo su relación alumnos
profesor de 7.3. No es tan mala. Para
2016 la UCV solicitó un presupuesto de 8 mil millones de bolívares, de lo cual
le fue aprobado solo el 32%, esto es, 2 mil 560 millones de bolívares. Cantidad
equivalente a aproximadamente a unos 4 millones de dólares, al cambio oficial.
Como un punto de referencia, para afinar esta comparación, el MIT cuenta con un
presupuesto aproximado de 9 715 millones de euros (más o menos 10 880 millones
de dólares).
Ahí tienen ustedes, 10 880 millones
de dólares para 10 320 estudiantes en MIT; 4 millones de dólares para 62600 estudiantes en la UCV.
Si hacemos la comparación con la
Universidad de Harvard, la diferencia es más abismal. Harvard es la Universidad
rica de Estados Unidos y una vez, en un momento difícil para MIT se pensó
incluso en fusionarla con Harvard como una tabla de salvación. Pero eso pasó en
un tiempo lejano. Y si tomamos como
referencia la Universidad de Cambridge,
ahí si es verdad que se me cuelga la maquinita de calcular. Su presupuesto es
de 5 330 millones ¡de libras de esterlinas! Como ven, el presupuesto de nuestra
primera casa de estudio podría ser algo así como una propina que alguna de
estas Universidades nos diera.
Para terminar la comparación, la UCV
no cuenta con ningún Premio Nobel.
De la Universidad de Carabobo, aquí
donde estamos sentados no quiero ni hablarles. Sólo les diré que su situación es
más crítica que la de la UCV, pero estamos parejos en el hecho de que tampoco
tenemos un Premio Nobel.
Dos cosas, y no las estoy señalando
necesariamente en orden de importancia:
Primero, no es mi deseo hacer un
fetichismo del Premio Nobel, pero alguna relación debe tener éste con eso que
llamamos desarrollo . En América latina sólo tenemos 17 Premios
Nobel, muy repartidos entre nuestros países. Casi todos en literatura y en la paz. El gran ganador es Argentina, con
cinco, quien tiene dos Nobel de medicina, dos de la paz y uno en química.
Secundado por México, tres, de los cuales uno es en química. Estos premios no
están muy relacionados con ninguna política universitaria y obedecen más a los
esfuerzos personales de quienes los han obtenido, sin menospreciar los
esfuerzos administrativos realizados por los gobiernos u organizaciones que los
han postulado. Tampoco trato de establecer grados en la diferenciación que se
pueda formular entre una obra literaria y un hallazgo en física, por ejemplo. Pero
sí hay una diferencia desde el punto de vista presupuestario y de la tecnología
que se disponga. La experimentación en física, en química, en biología, en la
medicina, necesita de la asignación de grandes recursos financieros, de bien
dotados laboratorios y de una política de investigación bien formulada. El gran
laboratorio de la literatura es el mundo en el que vive el escritor, tanto el
mundo exterior, como su mundo interior; es su vida y su talento. Una obra
maestra de la literatura puede ser escrita acostado en una hamaca. Es difícil
que en Venezuela obtengamos un Premio Nobel en química o en física.
Todo esto nos abre la puerta para
considerar una variable de las que señalé al inicio: las relaciones de la
industria con las Universidades. Para volver al caso de los Estados Unidos (no
vayan ustedes a pensar que soy un pitiyanqui, todo lo contrario, pero no se
puede tapar el Sol con un dedo, y el rigor académico obliga a observar lo que
es observable). Allá, en el norte de nuestro gran continente, existe, se
practica como política una interrelación importante entre Universidades,
gobierno e industria. Tanto el gobierno como la industria acuden a las
Universidades para diseñar planes de desarrollo y solucionar problemas que
ambos afrontan. La industria está obligada por ley a estas contrataciones y a
aportar donaciones que no son precisamente simbólicas. Los 10 880 millones de
dólares de presupuesto anual de MIT no salen de los pagos de la matrícula de sus 10 320 alumnos. Claro, algo
sale de allí, pero qué tan significativo puede ser este aporte frente al
presupuesto total. Las donaciones forman parte de la institucionalidad de la
educación universitaria en ese país.
¿Cómo es el caso de Venezuela? Para
ir pasando de una vez a lo que constituye el centro de nuestra ponencia. La
industria venezolana es venezolana entre comillas. Es una industria muy
parecida a la de cualquiera de nuestros países latinoamericanos. Una industria
productora de bienes de consumo, que no de capital, la cual trabaja en su casi
totalidad, o bien como subsidiaria de alguna empresa matriz transnacional de
algún país desarrollado, o bien siendo “nacional”, con patente de alguna de
esas transnacionales por cuyo uso debe pagar un derecho elevado. Si ella es una
subsidiaria, cuenta con la tecnología y el asesoramiento de su casa matriz. Si
es nacional con patente extranjera, entonces debe realizar un pago especial por
este derecho, y también por el asesoramiento técnico que ella necesita para
solucionar los problemas importantes de producción que se les presenten. Es un
combo de obligatoria adquisición. Todo
esto está contenido en el concepto de lo que denominamos royalty. En
cualquiera de los casos, ella no está interesada en acudir a las Universidades
para solucionar sus problemas importantes. Sólo lo hace con problemas no
fundamentales cuando requieren de alguna solución breve que les simplifique el
trámite de acudir a su casa matriz. Nosotros tenemos la experiencia del enorme
esfuerzo que deben hacer los estudiantes de la Facultad de Ingeniería, y
también sus profesores, para lograr que una empresa les abra sus puertas para
realizar un Trabajo Especial de Grado. Cuando lo hacen, el estudiante debe
pagar todos sus gastos, incluyendo la impresión de su trabajo, sin ningún tipo
de contraprestación ni para el estudiante, ni para la Facultad, ni para la
Universidad; tampoco para los profesores asesores. Esto lo puedo afirmar con
toda propiedad por cuanto, en mi condición de profesor de la Facultad de
Ingeniería he sido sujeto directo de tal experiencia a través de la cantidad de
Trabajos de Grado que he tutorado.
En diversas Facultades de nuestra
Universidad se han creado algunos Centros, Estaciones y otros tipos de
agrupaciones para romper con este cerco de las empresas y crear fondos de
ingresos propios que alivien el déficit presupuestario institucional, además de
producir a los profesores participantes en proyectos un ingreso adicional compensatorio del bajo salario que devengamos
los docentes. Por razones que escapan a esta ponencia, estos intentos no han
producido los resultados esperados. Por el contrario, han creado serias
distorsiones en nuestro funcionamiento interno, tocando seriamente aspectos académicos,
legales, e incluso éticos, lo que deberá ser objeto de un estudio posterior, si
es que alguien ya no lo ha hecho.
Las consecuencias de todo este drama
es que nosotros, las Universidades, dependemos práctica y exclusivamente de los
aportes del Estado para nuestro funcionamiento. Así como el Estado depende
práctica y exclusivamente de los ingresos petroleros. Imagínense nuestra
situación actual cuando los precios del petróleo han sufrido el espectacular
desplome que nos ha llevado a una situación crítica. Por supuesto, añadiendo
las variables de la idoneidad administrativa y la corrupción, que tiene valores
épicos en nuestro país. Pero con precios bajos o altos, el drama parece ser
siempre el mismo. Tendrían que ver ustedes la cotidiana lucha anual que se
libra en la Venezuela universitaria cuando estamos en ese proceso de aprobación
de presupuestos. Cuando éste finalmente
se da, siempre en cantidad menor de la solicitada, pueden enseguida leer
ustedes las declaraciones de los distintos rectores por la prensa: “Con lo
aprobado tenemos para funcionar hasta Abril”. O hasta Junio, o hasta Julio,
todo dependerá de los programas de cada Universidad. Otra declaración a la que
estamos acostumbrados: “Con lo aprobado sólo alcanzará para pagar salarios.
Habrá que suspender casi todos los demás programas, además del pago a
proveedores”. Luego nos pasamos el resto del año rasguñando, protestando,
manifestando, rogando, para obtener los recursos faltantes. Y tratando de ver
además, dónde metemos a los dos mil estudiantes adicionales, por encima de
nuestras capacidades que el gobierno nos obliga a aceptar. Y así se nos va la
vida en las Universidades. Ahora díganme, en medio de este marasmo ¿con qué
tiempo y recursos podemos nosotros fabricar un Premio Nobel?
Un problema adicional, y de gran
cuantía, es que aún así pretendemos ser autónomos, y lo reclamamos porque está escrito
en la ley. Pero el gobierno que obedece a una elemental lógica de mercado,
piensa que quien pone la plata pone las condiciones. Nosotros le exigimos, sin
embargo, al gobierno dos cosas: el presupuesto justo para nuestro
funcionamiento, y autonomía. No es
difícil para ustedes imaginar, que gran parte de nuestro tiempo se consume en
una lucha constante por la defensa de la tal autonomía.
Ante esta situación se desprende la
segunda pregunta con la que comenzamos: ¿Es pertinente la autonomía
universitaria? Es claro que realizamos esta pregunta para el caso de Venezuela,
porque como hemos visto ella depende de tantos factores, dándose casos en los
que la autonomía es totalmente innecesaria. Como un dato histórico, podemos
afirmar que la autonomía universitaria tal como localmente la conocemos sólo
existe en Venezuela y en otros países de América latina, no así en el resto del
mundo. Nos falta información suficiente y veraz para emitir opiniones sobre
algunas latitudes del mapa mundial; los países africanos, por ejemplo.
Inicialmente, y sin que me quede ningún atisbo de duda, me permito afirmar con
decisión que la autonomía para las Universidades venezolanas sí constituye una
necesidad, a pesar de la paradoja de los recursos presupuestarios antes
planteados. Si no fuera por la autonomía, por lo que ha sido ésta y no por lo
que es, hace tiempo la Universidad no hubiese sido más que un parapeto al
servicio de las parcialidades políticas que han controlado al país. No es que
nos hayamos salvado totalmente de ello, pero al menos se ha logrado mantener
encendida la antorcha de la rebeldía y la lucha por conducirla por senderos más
nobles. Más valor adquiere esta posición en los momentos actuales, cuando ya no
se trata de un simple cambio de gobierno dentro de un sistema democrático, sino
del cambio del sistema mismo hacia destinos nefastos experimentados por otros
países con las más amargas consecuencias.
Por esta posición que hemos
mantenido una gran parte de las fuerzas universitarias, la autonomía ha
constituido una especie de piedra en el zapato para los gobiernos de antes y el gobierno de ahora. Y es mucho
lo que éstos han inventado para limitarla, cercenarla, controlarla, y en los
actuales momentos, para eliminarla por completo, cosa que a mi manera de ver,
lo han logrado. Por eso, pienso que las luchas por la “defensa de la autonomía”
están erróneamente planteadas. No podemos defender lo que no existe. Las luchas
deberían orientarse a sacar de su tumba a nuestra antigua autonomía y apelar a
quién sabe qué tipo de conjuro para revivirla, o simplemente crear una nueva autonomía
e imponerla. Lo que haré a continuación será contarles un poco sobre esta
historia de amor y de dolor a fin de que se lleven una información de nuestra
historia, y quién sabe si de algo les pudiera servir para entender por analogía
y manejar los ambientes universitarios en los que ustedes se desenvuelven.
La autonomía en
Venezuela
En la Venezuela contemporánea, la
autonomía venezolana tiene una fecha de nacimiento muy precisa. En enero de
1958 se produce en Venezuela un golpe de Estado contra la dictadura de Marcos
Pérez Jiménez. Es el nacimiento de una era democrática después de décadas en
que varias generaciones no conocieron otra cosa que gobiernos totalitarios,
dictatoriales y de facto. Parece que hay golpes de Estado buenos.
En diciembre de ese mismo año 1958
entra en vigencia una nueva Ley de Universidades donde se consagra la autonomía
de estas instituciones. Los cuatro componentes que leí al inicio de esta
ponencia, y la inviolabilidad del recinto universitario los he tomado
textualmente de esta ley. Pero desde el mismo comienzo de su entrada en
vigencia comienzan los desencuentros con el gobierno. Quizás estos desencuentros
podrían explicarse en parte porque después de tanto tiempo sin democracia, ni
los líderes del gobierno ni los líderes de la Universidad tenían la experiencia
en la administración de la democracia en el país, por una parte, y la
administración de la autonomía en las Universidades, por la otra. Seguramente
ambos cometieron errores, aparte de que no se deben considerar como dos
instancias separadas e independientes. El gobierno desde el principio y
siempre, trató de controlar todos los estamentos de la vida del país. Cada uno
representaba una cuota de poder que lo apuntalaba. En nuestra cultura política
siempre ha prevalecido la estrategia de acumulación de poder a través de una
sumatoria de cuotas. Cada cuota es un escalón importante para impulsar las
fuerzas contendientes a niveles de mayor jerarquía debido a esas cantidades
acumuladas. Desde este punto de vista la Universidad constituía una presa muy
importante, porque representaba la legitimación del gobierno en un plano
doctrinario. Así que el gobierno trató
de conquistarla para ponerla a su servicio; primero por la vía de la
penetración de sus cuadros y participación en los procesos electorales
internos, después mediante el manejo de los recursos presupuestarios, luego
mediante la modificación e introducción de leyes y reglamentos, y finalmente
mediante la toma directa por las fuerzas del orden público. Sin embargo, hubo
una gran resistencia interna, sobre todo en el sector estudiantil. Hubo un
hecho que entró como un factor decisivo en el rumbo que tomó esta controversia:
en enero de 1959 los revolucionarios barbudos de la Sierra Maestra toman el
poder en Cuba y está demás que les cuente las repercusiones que esto tuvo en
las juventudes latinoamericanas y en muchas juventudes e intelectuales de otras
partes del mundo. Las diferencias Universidades-gobierno se agudizaron,
surgieron movimientos guerrilleros alimentados por cuadros universitarios, se
acrecentaron las manifestaciones públicas y enfrentamientos con las fuerzas del
orden público y el gobierno encontró la excusa perfecta para allanar las
Universidades en varias oportunidades, quebrando así el principio de
inviolabilidad consagrado en la ley.
En 1968 ocurrió otro hecho de gran
impacto en las Universidades, el famoso Mayo Francés. Fenómeno político-social
ampliamente estudiado, discutido y reseñado, del cual tampoco dudo que tengan ustedes un amplio conocimiento. Este
Mayo Francés se reflejó también en la Universidad venezolana que comenzó un
proceso de cuestionamiento de todo, y de reformas que se expresaron con el
nombre de Movimiento de Renovación Universitaria, oficializada luego por el Consejo
Universitario de la UCV como Movimiento de Renovación Académica. Este
movimiento acabó con la paciencia del gobierno, que se dejó de sutilezas y tomó
dos medidas determinantes en la suerte de la heroína de nuestra historia:
1. Allanamiento y cierre por más de un año de la
Universidad Central de Venezuela, además de allanamiento de otras universidades
del país.
2.
Modificación de la Ley de Universidades en el año
1970, haciendo incidencia sobre la autonomía, limitándola considerablemente
mediante la transferencia de funciones autonómicas a un organismo interventor
del gobierno, introducido en el sistema de Universidades para su control
oficial, el Consejo Nacional de Universidades (CNU). Este CNU estaba ya
contemplado en leyes de Universidades anteriores, pero con funciones,
fundamentalmente asesoras, muy diferentes a las adquiridas a partir de este
momento.
El acoso a las Universidades
nacionales existió desde casi el principio de la era democrática, pero es en
este momento de reforma de la ley en 1970 cuando comienza el calvario legal que hemos venido sufriendo hasta el
día de hoy. Estamos pues en el inicio de esta historia de acoso.
Debo suministrarles una información
importante: para el período que he reseñado hasta el momento, existía esta Ley
de Universidades como ley especial que regía todos los aspectos de la vida
universitaria; no existía otra ley de nivel jerárquico superior a ella en el
sector educativo. Sólo la Constitución estaba por encima. También había una Ley
de Educación que regía para los niveles educativos inferiores a la educación
superior, es decir, para los niveles de educación pre-escolar, básica y media
(bachillerato). Había también una Ley del Trabajo que regía para los
trabajadores de la administración pública y para los de las empresas privadas,
pero no para las Universidades. Esto se mantiene así hasta el año 1980. En este
año de 1980 se aprueba la Ley Orgánica de Educación que integra todo el sistema
educativo, incluyendo las Universidades, Colegios Universitarios y otras
instituciones de nivel superior.
En esta LOE se reconoce también la
autonomía universitaria. Se escribió allí en un Artículo que las Universidades
gozaban de autonomía de acuerdo a lo pautado por la ley. Como esa ley que la
pautaba no era otra que la Ley de Universidades, uno decía. “Bueno, por lo
menos quedó igual que antes. Con el aporreo que le dieron en 1970, pero al
menos no disminuyó” Mucha gente de verdad pensó de esta manera, incluyendo
dirigentes gremiales y autoridades universitarias. El asunto es que en el mismo
Artículo, en el segundo párrafo, contradecía lo que estaba en el primero, y
contradecía a la ley de Universidades. Lo nuevo establecido conducía a una
nueva disminución de la autonomía. Me imagino que los sistemas jurídicos de
nuestros países deben tener muchos principios en común, derivamos de las mismas
fuertes y hay cosas además que son de simple lógica. Si se produce una
contradicción entre leyes de diferentes niveles jerárquicos, ésta se resuelve a
favor de la ley de mayor jerarquía. En el caso que estoy tratando, a favor de
la Ley Orgánica de Educación. Consecuencia: la autonomía universitaria recibe
un nuevo golpe traduciéndose en otra disminución. Esta nueva
modificación-disminución repercutió posteriormente en la aprobación de unas
normas anti autonómicas, pero perfectamente legales, que regulaban nuestras
condiciones laborales y que tenían como característica muy especial la
transferencia de funciones patronales de las autoridades universitarias hacia
el gobierno, representado en la figura del Ministro de Educación, con el nombre
que cada cierto tiempo le cambian.
Un hecho curioso en la historia de
nuestra luchas gremiales es que estas
normas le sirvieron durante un tiempo al gobierno, pero dejaron de ser de su
agrado debido a ciertas circunstancias de tipo económico que se dieron en el
país, y sencillamente dejaron de aplicarlas. Nosotros pasamos luego años marchando
y luchando en defensa de estas normas, las que ahora sí nos convenían. Pero lo
más curioso dentro de lo curioso es que a la cabeza de las marchas, junto a los
gremios siempre iban las autoridades universitarias quienes nunca se percataron
que dichas normas las habían relevado de su condición de patronas de los
trabajadores y profesores universitarios, por lo menos en cuanto a lo que a condiciones
salariales se refiere, quedándoles solamente las funciones de contratación de
personal.
Después de la entrada en vigencia de
esta LOE, se emite una serie de Decretos Presidenciales que apuntalan esta
tendencia de controlar las Universidades y que conspiraron contra los residuos
de autonomía universitaria que restaba. Son numerosos y sólo voy a destacar dos
leyes esenciales que culminan este proceso de liquidación autonómica. Una de
ellas es la propia Constitución Bolivariana de la República de Venezuela, nuestra
Carta Magna, aprobada justo un año antes de terminar el siglo XX, es decir, en
1999. En ella se consagra la autonomía universitaria, pero siendo ella una ley
fundamental, rectora, que define y
delimita en forma general el marco de actuación de los poderes, no puede
atender en detalle todas las circunstancias que se presentan en la vida del
país y por eso remite a las leyes de rango menor que están supeditadas a ella.
Les corresponde a las leyes orgánicas el rango inferior inmediato y cuando
remite la autonomía universitaria a lo que determinen las leyes, de inmediato
sabemos que la está remitiendo a la LOE, y posteriormente, un peldaño más
abajo, a la Ley de Universidades. Así que el rango constitucional que adquiere
la autonomía nos deja en el mismo lugar donde estábamos.
Unos años más tarde, en 2009, se
aprueba la Ley Orgánica de Educación que deroga la de 1980. En esta nueva LOE
se ratifica el atributo autonómico de las Universidades Nacionales, se
especifican más detalladamente los cuatro componentes de 1970 que ya conocemos,
y en uno de ellos se introduce un cambio radical en lo concerniente a la elección
de autoridades universitarias. Vale la pena detenerse un instante en este
punto:
En 2007 se celebró en Venezuela lo
que se conoció como Referendo Constitucional, en el cual se pretendió reformar
69 artículos de la Constitución de 1999. Uno de esos artículos (el 109) fue
aquel en el cual se reconoce la autonomía universitaria. Se propuso añadirle un
texto que anulaba la parte autonómica correspondiente a la elección y
nombramiento de autoridades universitarias. Tanto esto, como el mecanismo
propuesto contradecía totalmente el componente administrativo contemplado en la
Ley de Universidades y en la LOE de 1980, vigente para este momento. Dado que
estas reformas propuestas en el referendo fueron rechazadas por el electorado,
esta modificación del Artículo 109 fue también rechazada. Sin embargo, el
gobierno maniobró para introducir por la vía de diferentes leyes orgánicas lo
que había sido rechazado en el referendo, y de esto no se salvó el referente a
la Universidad que fue posteriormente recogido por la nueva Ley Orgánica de
Educación de 2009, dándole a la autonomía el golpe definitivo de su dilución.
En esta nueva LOE también se remite
a los profesores universitarios al ámbito de la Ley Orgánica del Trabajo, del
año 1991, y convertida en 2012 en Ley Orgánica del Trabajo, de las Trabajadoras
y de los Trabajadores. Las Tablas salariales de los profesores se establecen
ahora en Convenciones Colectivas Únicas, las que se discuten y se aprueban
entre los gremios devenidos en sindicatos por exigencias de la ley, y el
Ministerio del Poder Popular para la Educación Universitaria, Ciencia y
Tecnología (MPPECT), el órgano del Ejecutivo nacional que ahora ejerce la
rectoría del subsistema de educación superior conforme al principio de Estado
Docente definido en la Ley Orgánica de Educación. Queda perfectamente claro
ahora quién es el patrón de los trabajadores universitarios, dentro de los
cuales, por reclasificación, están incluidos los profesores universitarios.
Hay un punto que por razones de
simplificación no podré examinar como su importancia lo requiere, pero que por
rigor metodológico debo aunque sea mencionar para así cerrar el ciclo del acoso
que he tematizado hoy. La Constitución bolivariana se ha permitido terciar en
el debate de moda, modernidad-posmodernidad, que se da en ciertos círculos
intelectuales universitarios y ha apostado a las propuestas epistemológicas de
la posmodernidad cuando ha redefinido el concepto de Universidad, modificando
la definición que sobre esta institución brinda la Ley de Universidades,
vigente en apariencia. Esto no tendría nada de particular si no fuera por la
connotación política que tiene esta postura para quienes han convertido una
concepción filosófica-epistemológica en
términos de avanzada política revolucionaria comprometida con cambios
estructurales en la sociedad, pero paradójicamente regresando al pasado
mediante el fortaleciendo del poder del Estado- Nación que caracterizó al
socialismo en sus etapas ortodoxas iniciales. De esta manera, la Universidad
queda legalmente comprometida con el cambio político que contra viento y marea
el gobierno bolivariano está tratando de imponer. Esto que les digo está
expresado en el Artículo 109 de la Constitución, aquel en el que se “consagra”
la autonomía universitaria, siendo éste el único aspecto del cual se ha dado
cuenta la comunidad universitaria, desconociendo totalmente un tipo de lectura
que se llama inferencial, y que en términos populares significa leer
entre líneas.
El acoso legal a la autonomía
universitaria parece haberse cerrado definitivamente, pero no estoy seguro de
ello; este gobierno bolivariano es una caja de sorpresas y siempre tiene a su
disposición alguna carta guardada cuando uno pensaba que ya no había nada más.
En mi concepto particular, la autonomía universitaria ha sido liquidada
totalmente, aunque todavía pataleamos, y una razón de esto es que gran parte de
nuestra comunidad aún no se ha percatado de ello. Quizás esto constituya una
fortuna, pues el espíritu de lucha se mantendrá mientras creamos que existe
alguna Dulcinea por rescatar. Menos mal.
Referencias
ACOSTA MARTÍNEZ,
Octavio (2015). La Autonomía
Universitaria. Nueva crónica de muerte
Anunciada.
Edición del Consejo
de Profesores Jubilados de la Universidad de Carabobo. Valencia. Venezuela.
FUENMAYOR TORO, Luis
(2008). Autonomía universitaria y
reforma constitucional. Educere.
Dirección web http://scielo.org.ve/scielo.php?script=sci_arttex&pid=S1316-40102008000100015
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